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Comience aquí: los pasos legales que todo inversionista extranjero debe cumplir en Chile
Última verificación: 2026-10-25 · Estado: En cambio
Chile otorga a los inversionistas extranjeros el mismo trato legal que a los locales, el derecho a remesar capital y utilidades netas una vez pagados los impuestos, y acceso al mercado cambiario formal a un tipo de cambio libremente convenido. Para operar, un inversionista extranjero obtiene un RUT por medio de un representante en Chile, constituye una sociedad en el registro electrónico gratuito o abre una agencia inscrita, y presenta su inicio de actividades ante el SII dentro de dos meses. El impuesto corporativo es del 27 por ciento para 2026 y por ley bajará al 23 por ciento desde 2029, con un nuevo contrato de invariabilidad tributaria para proyectos de US$50 millones o más.
Las cifras en USD usan el dólar observado de CLP 972,60 por dólar estadounidense del 1 de octubre de 2026, el último valor publicado en la tabla de dólar observado del SII en la fecha de verificación. Los umbrales fijados por la ley en dólares estadounidenses se citan tal como están escritos; las conversiones son solo referenciales.
Datos clave
| Impuesto a la renta corporativo, tasa general de primera categoría (año comercial 2026) | 27 %Ley Nº 21.850, artículo sexto transitorio, al 2026-10-25 · vigente |
|---|---|
| Impuesto a la renta corporativo, tasa general legislada desde el año comercial 2029 | 23 %Ley Nº 21.850, artículo sexto transitorio, al 2026-10-25 · pendiente |
| Impuesto adicional sobre dividendos y utilidades remesadas a no residentes (antes del crédito por impuesto de primera categoría) | 35 %DL Nº 824, art. 58 Nº 1 y Nº 2, art. 60 y art. 63, al 2026-10-25 · vigente |
| Tasa general del IVA | 19 %DL Nº 825, art. 14, al 2026-10-25 · vigente |
| Transferencia mínima para calificar como inversión extranjera directa conforme a la ley marco | 5000000 USDLey Nº 20.848, art. 2, al 2026-10-25 · vigente |
| Plazo para que InvestChile emita el certificado de inversionista extranjero | 15 díasLey Nº 20.848, art. 4, al 2026-10-25 · vigente |
| Inversión mínima para un contrato de invariabilidad tributaria | 50000000 USDLey Nº 21.850, art. 26, al 2026-10-25 · pendiente |
| Acceso al mercado cambiario formal para remesar capital y utilidades netas | Libre, a un tipo de cambio libremente convenido, después de impuestos; sujeto a las facultades del Banco Central de Chile Ley Nº 20.848, art. 5, art. 6 y art. 7, al 2026-10-25 · vigente |
| Costo de inscribir una sociedad en el Registro de Empresas y Sociedades | 0 CLPLey Nº 20.659, art. 11, al 2026-10-25 · vigente |
| Plazo para presentar el inicio de actividades ante el SII | 2 mesesDL Nº 830 (Código Tributario), art. 68, al 2026-10-25 · vigente |
| Plazo para inscribir y publicar el extracto de la agencia de una sociedad anónima extranjera tras la protocolización | 60 díasLey Nº 18.046, art. 123, al 2026-10-25 · vigente |
La norma
Costo de hacerlo: No se requiere un mínimo para invertir en Chile; el umbral de US$5.000.000 solo define quién puede acceder al régimen de la ley marco y a su certificado.
Ejemplo: US$5.000.000 equivalen a alrededor de CLP 4.863.000.000 a CLP 972,60 por dólar estadounidense. / Una matriz que transfiere US$4.000.000 de capital realiza una inversión lícita, pero queda bajo el umbral de US$5.000.000 del art. 2, salvo que la participación adquirida le otorgue el 10 por ciento o más de los votos de la sociedad chilena.Ley Nº 20.848 (ley marco para la inversión extranjera directa, que reemplaza al DL 600), Art. 2 y art. 3, 2015-06-25 texto oficial · verificado el 25 de octubre de 2026
Ejemplo: Un inversionista que ha aportado CLP 5.000.000.000 (alrededor de US$5,14 millones) a su filial chilena puede presentar la solicitud una vez que los fondos estén en Chile; la Agencia tiene 15 días para emitirlo. / Aporte de US$5.140.000 ya efectuado; certificado esperado dentro de 15 días desde una solicitud completa.Ley Nº 20.848, Art. 4 y art. 15, 2015-06-25 texto oficial · verificado el 25 de octubre de 2026
Ejemplo: Una utilidad neta después de impuestos chilenos de CLP 97.260.000 puede remesarse a través de una entidad del mercado cambiario formal al tipo de cambio convenido con esa entidad. / CLP 97.260.000 equivalen a alrededor de US$100.000 a CLP 972,60.Ley Nº 20.848, Art. 5, art. 6 y art. 7, 2015-06-25 texto oficial · verificado el 25 de octubre de 2026
Costo de hacerlo: Ahorra el IVA del 19 por ciento (DL 825 art. 14) que de otro modo se pagaría en la importación de los bienes de capital calificados.
Ejemplo: Un equipo importado con una base imponible de IVA de CLP 972.600.000 soportaría CLP 184.794.000 de IVA al 19 por ciento; con una exención aprobada, ese monto no se paga en la importación. / Equipo de alrededor de US$1.000.000: se evitan alrededor de US$190.000 de IVA a la importación.DL Nº 825 (ley del IVA) art. 12, letra B, Nº 10, modificado por la Ley Nº 20.848, la Ley Nº 20.899 y la Ley Nº 21.210, DL 825 art. 12, letra B, Nº 10, 2020-02-24 texto oficial · verificado el 25 de octubre de 2026
Ejemplo: Una filial que emite su primera factura en marzo de 2027 debe haber presentado el inicio de actividades a más tardar a fines de mayo de 2027.Decreto Ley Nº 830 (Código Tributario), Art. 66 y art. 68, 1974-12-31 texto oficial · verificado el 25 de octubre de 2026
Costo de hacerlo: Inscripción en el registro: CLP 0 (US$0) conforme al art. 11. Los honorarios notariales por poderes extranjeros, legalizaciones y traducciones, y los honorarios de abogados locales, son adicionales y varían según el proveedor.
Ejemplo: Costo de registro CLP 0. / Costo de registro US$0.Ley Nº 20.659 (constitución simplificada, Empresa en un Día), Art. 1, art. 2, art. 11 y art. 13, 2013-02-08 texto oficial · verificado el 25 de octubre de 2026
Costo de hacerlo: Se aplican derechos notariales, del Registro de Comercio y de publicación en el Diario Oficial; los montos dependen de la notaría y del registro y no están fijados en la ley.Ley Nº 18.046 (Ley de Sociedades Anónimas), Art. 121, art. 122 y art. 123, 1981-10-21 texto oficial · verificado el 25 de octubre de 2026
Ejemplo: Renta líquida imponible de CLP 1.000.000.000: impuesto de CLP 270.000.000 en 2026, CLP 255.000.000 en 2027, CLP 240.000.000 en 2028 y CLP 230.000.000 desde 2029. / Renta líquida imponible de alrededor de US$1.028.000: impuesto de alrededor de US$277.600 en 2026, que baja a alrededor de US$236.500 desde 2029.Ley Nº 21.850 (Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social), Artículo sexto transitorio, 2026-10-17 texto oficial · verificado 2026-10-25 · cambio: la Ley Nº 21.850, promulgada el 9 de octubre de 2026 y publicada en el Diario Oficial el 17 de octubre de 2026, legisló una rebaja gradual de la tasa corporativa general del 27 por ciento al 23 por ciento para el año comercial 2029.
Costo de hacerlo: Sobretasa de 1,5 puntos porcentuales sobre la tasa de primera categoría contratada durante toda la vigencia del contrato.
Ejemplo: La inversión mínima de US$50 millones equivale a alrededor de CLP 48.630.000.000; el tramo de 20 años, de US$350 millones, equivale a alrededor de CLP 340.410.000.000. / Un proyecto de US$120 millones queda en el tramo de 15 años.Ley Nº 21.850, Art. 26, 2026-10-17 texto oficial · verificado 2026-10-25 · cambio: creado por la Ley Nº 21.850, publicada en el Diario Oficial el 17 de octubre de 2026, con aplicación desde el 1 de enero de 2027.
| Año comercial | Tasa general | Impuesto sobre CLP 1.000.000.000 | USD aprox. |
|---|---|---|---|
| 2026 | 27% | CLP 270.000.000 | US$277.600 |
| 2027 | 25.5% | CLP 255.000.000 | US$262.200 |
| 2028 | 24% | CLP 240.000.000 | US$246.800 |
| 2029 en adelante | 23% | CLP 230.000.000 | US$236.500 |
Calendario del impuesto a la renta corporativo conforme a la Ley Nº 21.850, artículo sexto transitorio, con el impuesto sobre CLP 1.000.000.000 de renta líquida imponible. USD a CLP 972,60 (dólar observado, 1 de octubre de 2026), solo como referencia.
| Inversión | CLP aprox. | Plazo de invariabilidad | Costo |
|---|---|---|---|
| De US$50 millones a menos de US$100 millones | De CLP 48,63 mil millones a menos de CLP 97,26 mil millones | 10 años desde el inicio de operaciones | Tasa contratada más 1,5 puntos |
| De US$100 millones a menos de US$350 millones | De CLP 97,26 mil millones a menos de CLP 340,41 mil millones | 15 años desde el inicio de operaciones | Tasa contratada más 1,5 puntos |
| US$350 millones o más | CLP 340,41 mil millones o más | 20 años desde el inicio de operaciones | Tasa contratada más 1,5 puntos |
Tramos del contrato de invariabilidad tributaria conforme a la Ley Nº 21.850, art. 26 (desde el 1 de enero de 2027). CLP a CLP 972,60 por dólar estadounidense, solo como referencia.
Ejemplo práctico
- Una matriz extranjera constituye una SpA chilena a través del Registro de Empresas y Sociedades electrónico (costo CLP 0 conforme a la Ley Nº 20.659 art. 11) y recibe el RUT de la sociedad al momento de la inscripción (art. 13).
- Transfiere US$6.000.000 de capital, alrededor de CLP 5.835.600.000 a CLP 972,60. Como supera los US$5.000.000, la inversión califica conforme a la Ley Nº 20.848 art. 2 y la matriz puede solicitar el certificado de InvestChile, que debe emitirse dentro de 15 días (art. 4).
- La filial importa equipos de producción con una base imponible de IVA de CLP 972.600.000 (alrededor de US$1.000.000) para un proyecto calificado de US$5.000.000 o más y, con la aprobación del Ministerio de Hacienda, evita CLP 184.794.000 (alrededor de US$190.000) de IVA a la importación (DL 825 art. 12 B Nº 10 y art. 14).
- Si obtiene una renta líquida imponible de CLP 1.000.000.000 (alrededor de US$1.028.000), paga impuesto de primera categoría de CLP 270.000.000 en 2026 y de CLP 230.000.000 desde 2029 (Ley Nº 21.850, artículo sexto transitorio). Las utilidades distribuidas a la matriz soportan un impuesto adicional del 35 por ciento con crédito por el impuesto de primera categoría (DL 824 art. 58, 60 y 63); consulte la sección de impuestos para el cálculo completo y los beneficios de los convenios.
Paso a paso
- 1. Defina el vehículo: una sociedad chilena (SpA, Ltda. o S.A. cerrada) constituida en línea conforme a la Ley Nº 20.659, con el RUT asignado al momento de la inscripción; o una agencia de la sociedad extranjera conforme a la Ley Nº 18.046 arts. 121 a 123, que requiere documentos notariados, legalizados y traducidos y debe inscribirse y publicarse dentro de 60 días desde la protocolización.
- 2. Designe un representante con domicilio o residencia en Chile y con poderes suficientes. El formulario F4415.1 del SII para personas sin residencia indica que los poderes otorgados en el extranjero deben ser visados por el cónsul chileno y legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, y solicita los accionistas, socios y beneficiarios de la entidad extranjera.
- 3. Obtenga un RUT para el accionista extranjero (Código Tributario art. 66) mediante el formulario F4415.1 y luego constituya o inscriba el vehículo chileno.
- 4. Presente el inicio de actividades ante el SII dentro de los dos meses siguientes al mes en que comienzan las actividades (Código Tributario art. 68).
- 5. Transfiera el capital a través de una entidad del mercado cambiario formal (Ley Nº 20.848 art. 6). Las inversiones de US$5.000.000 o más pueden luego solicitar el certificado de InvestChile (art. 4).
- 6. Si importa bienes de capital para un proyecto de US$5.000.000 o más, solicite la exención de IVA al Ministerio de Hacienda antes de la importación; no se requiere el certificado de InvestChile, y el silencio tras 60 días se entiende como aprobación (DL 825 art. 12 B Nº 10).
- 7. Para proyectos de US$50 millones o más, evalúe el contrato de invariabilidad tributaria disponible desde el 1 de enero de 2027 (Ley Nº 21.850 art. 26) antes de comprometer el calendario de inversión.
- 8. Incorpore en sus modelos los escalones de la tasa corporativa (25,5 por ciento en 2027, 24 por ciento en 2028, 23 por ciento desde 2029).
Errores comunes
- Tratar el umbral de US$5.000.000 como un mínimo para invertir. No lo es; solo determina el acceso al certificado de la ley marco (Ley Nº 20.848 arts. 2 y 4) y el tamaño del proyecto para la exención de IVA sobre bienes de capital (DL 825 art. 12 B Nº 10).
- Solicitar el certificado antes de que llegue el dinero. El solicitante debe acreditar que la inversión ya se materializó en Chile (art. 4).
- Poderes no legalizados. Un poder otorgado en el extranjero sin visación consular ni legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores no se acepta para el RUT ni para la declaración de inicio de actividades (formulario F4415.1 del SII).
- No cumplir el plazo de dos meses para el inicio de actividades (Código Tributario art. 68).
- Formalidades de la agencia fuera de plazo. El extracto de la agencia debe inscribirse y publicarse dentro de 60 días desde la protocolización (Ley Nº 18.046 art. 123), y la sociedad extranjera se obliga a mantener en Chile bienes fácilmente realizables (art. 122).
- Suponer que el contrato de invariabilidad es gratuito. Cuesta 1,5 puntos adicionales de impuesto de primera categoría durante todo su plazo, y una deuda con partes relacionadas superior a tres veces el patrimonio tributario al cierre de un ejercicio le pone término (Ley Nº 21.850 art. 26). Evalúe esta compensación frente a la rebaja programada de la tasa al 23 por ciento.
- Suponer que la tasa del 27 por ciento se mantiene. La Ley Nº 21.850 la rebaja cada año hasta el 23 por ciento desde 2029; los saldos de impuestos diferidos y los modelos de precios de transferencia deben actualizarse.
Fuentes
- Ley Nº 20.848 del 25 de junio de 2015 (marco para la inversión extranjera directa), Biblioteca del Congreso Nacional
- Ley Nº 21.850 del 17 de octubre de 2026 (Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social), Biblioteca del Congreso Nacional
- Aviso del SII del 19 de octubre de 2026 sobre la publicación de la Ley de Reconstrucción
- Decreto Ley Nº 830 (Código Tributario), Biblioteca del Congreso Nacional
- Ley Nº 20.659 del 8 de febrero de 2013 (Registro de Empresas y Sociedades), Biblioteca del Congreso Nacional
- Ley Nº 18.046 (Ley de Sociedades Anónimas), Biblioteca del Congreso Nacional
- Decreto Ley Nº 824 (Ley sobre Impuesto a la Renta), Biblioteca del Congreso Nacional
- Decreto Ley Nº 825 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios), Biblioteca del Congreso Nacional
- Texto sintetizado del SII del convenio tributario entre Chile y Argentina y el MLI
- Formulario F4415.1 del SII, RUT e inicio de actividades para personas sin residencia
- Dólar observado 2026 del SII
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