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Elegir una entidad en Uruguay: SAS, sociedad anónima, SRL o sucursal
Última verificación: 2026-10-27 · Estado: Estable
Un inversionista extranjero en Uruguay suele elegir entre cuatro vehículos: la SAS (sociedad por acciones simplificada, Ley Nº 19.820), la sociedad anónima (S.A.), la sociedad de responsabilidad limitada (SRL) y la sucursal de sociedad extranjera, estas tres últimas regidas por la Ley de Sociedades Comerciales, Ley Nº 16.060. La SAS puede tener un único accionista, no necesita directorio, se inscribe directamente en el Registro Nacional de Comercio (en línea por UYU 2.530 cuando todos los participantes son personas físicas) y solo queda bajo el órgano estatal de control cuando sus ingresos anuales superan UI 37,5 millones, mientras que la S.A. necesita dos fundadores, el control previo de su estatuto por la Auditoría Interna de la Nación (AIN) y paga el impuesto de control ICOSA en la constitución y en cada cierre de ejercicio. Todo vehículo debe identificar a toda persona física que posea el 15 por ciento o más e informarla al registro del Banco Central del Uruguay, y no pueden pagarse utilidades a titulares que no hayan sido identificados.
Las cifras en USD usan UYU 40,214 por dólar estadounidense, la cotización del Banco Central del Uruguay (BCU) para DLS. USA BILLETE del 26 de octubre de 2026. Los umbrales fijados en Unidades Indexadas (UI) se convierten a UYU 6,6792 por UI (BCU, 27 de octubre de 2026); el monto del ICOSA para hechos de 2026 usa la UI del 31 de diciembre de 2025, UYU 6,4234 (BCU), como exige la ley. Ambos valores se obtuvieron del servicio de cotizaciones del BCU en la fecha de verificación; las conversiones son solo orientativas.
Datos clave
| SAS: número mínimo de accionistas | 1 accionistaLey Nº 19.820 art. 11, al 2026-10-27 · vigente |
|---|---|
| SAS: capital mínimo fijado por ley | Ninguno Ley Nº 19.820 art. 15, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: capital mínimo en efectivo integrado en la constitución | 10 %Ley Nº 19.820 art. 15, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: plazo máximo para integrar el capital suscrito | 24 mesesLey Nº 19.820 art. 15, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: directorio obligatorio | No Ley Nº 19.820 art. 29, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: plazo máximo de prohibición de transferir acciones en el estatuto (prorrogable por unanimidad) | 10 añosLey Nº 19.820 art. 19, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: oferta pública de acciones permitida | No Ley Nº 19.820 art. 8, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: plazo para presentar el documento de constitución en el registro | 30 díasLey Nº 19.820 art. 11, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: tasa de constitución en línea (solo participantes personas físicas) | 2530 UYULey Nº 19.820 art. 11; ficha de trámite de la DGR actualizada el 11 de febrero de 2026, al 2026-10-27 · vigente |
| SAS: ingresos anuales a partir de los cuales se aplica la fiscalización de la AIN | 37500000 UILey Nº 19.820 art. 10, al 2026-10-27 · vigente |
| S.A.: número mínimo de fundadores | 2 personasLey Nº 16.060 art. 1, al 2026-10-27 · vigente |
| S.A.: capital mínimo integrado en la constitución (acto único) | 25 %Ley Nº 16.060 art. 280, al 2026-10-27 · vigente |
| S.A.: capital mínimo suscrito en la constitución (acto único) | 50 %Ley Nº 16.060 art. 280, al 2026-10-27 · vigente |
| S.A.: plazo del órgano estatal de control para pronunciarse sobre el estatuto | 30 díasLey Nº 16.060 art. 252, al 2026-10-27 · vigente |
| S.A.: tasa del ICOSA en la constitución (base UI 578.428) | 1,5 %T.O. 2023 Título 16 art. 3, al 2026-10-27 · vigente |
| S.A.: tasa del ICOSA en cada cierre de ejercicio (base UI 578.428) | 0,75 %T.O. 2023 Título 16 art. 3, al 2026-10-27 · vigente |
| S.A.: base imponible del ICOSA | 578428 UIT.O. 2023 Título 16 art. 2, al 2026-10-27 · vigente |
| SRL: número máximo de socios | 50 sociosLey Nº 16.060 art. 223, al 2026-10-27 · vigente |
| SRL: aporte mínimo en efectivo integrado al firmar | 50 %Ley Nº 16.060 art. 228, al 2026-10-27 · vigente |
| Contrato de sociedad comercial: plazo para presentarlo en el registro de comercio | 30 díasLey Nº 16.060 art. 7, al 2026-10-27 · vigente |
| Umbral de beneficiario final (capital o votos) | 15 %Ley Nº 19.484 art. 22, al 2026-10-27 · vigente |
| Vía en línea para SAS: plazo para informar los beneficiarios finales al BCU después de obtener el RUT | 45 díasLey Nº 19.484 art. 29; ficha de trámite de la DGR, al 2026-10-27 · vigente |
| Plazo para informar cambios en los beneficiarios finales (titulares residentes) | 45 díasLey Nº 19.484 art. 30, al 2026-10-27 · vigente |
| Plazo para informar cambios en los beneficiarios finales (titulares no residentes o integrantes de la cadena) | 90 díasLey Nº 19.484 art. 30, al 2026-10-27 · vigente |
| Multa máxima por contravención según el art. 95 del Código Tributario para 2026 | 13220 UYUDecreto Nº 344/025 art. 1, al 2026-10-27 · vigente |
| UYU por dólar estadounidense usado para las conversiones (BCU, 26 de octubre de 2026) | 40,214 UYUCotización del BCU DLS. USA BILLETE, al 2026-10-27 · vigente |
La norma
Costo de hacerlo: La inscripción es obligatoria para todos los tipos; el arancel depende del vehículo y de la vía (véanse el arancel en línea de la SAS y las reglas del impuesto de control de la S.A. más abajo).
Ejemplo: Una SRL de dos socios firmada el 1 de marzo debe presentarse a inscripción a más tardar el 31 de marzo y publicar su extracto dentro de los 60 días de la inscripción. / Solo regla de plazos; no se aplica ningún monto.Ley Nº 16.060 (Ley de Sociedades Comerciales), Art. 1, art. 6, art. 7, art. 8, art. 156 y art. 159, 1989-09-04 texto oficial · verificado 2026-10-27
Costo de hacerlo: Vía en línea para una SAS cuyos accionistas, administradores y representantes sean todos personas físicas: UYU 2.530 (US$63) pagados a la Dirección General de Registros, sujetos a ajuste legal y sin reembolso. Las demás SAS (por ejemplo, con un accionista persona jurídica) se constituyen ante escribano en el registro.
Ejemplo: Un fundador fija el capital en UYU 4.021.400 en efectivo e integra el 10%, UYU 402.140, a la firma; los UYU 3.619.260 restantes deben integrarse dentro de 24 meses. / UYU 4.021.400 equivalen a US$100.000; los UYU 402.140 integrados a la firma equivalen a US$10.000 y el arancel de presentación en línea es de unos US$63.Ley Nº 19.820 (Ley de Emprendimientos), Título II, Art. 8, art. 11, art. 15, art. 19, art. 28, art. 29 y art. 32, 2019-09-18 texto oficial · verificado 2026-10-27
Costo de hacerlo: No se fija arancel para la comunicación anual a la AIN.
Ejemplo: UI 37.500.000 equivalen a unos UYU 250.470.000 a UYU 6,6792 por UI. / Unos US$6,23 millones de ingresos anuales.Ley Nº 19.820, reglamentada por el Decreto Nº 399/019, Ley 19.820 art. 10, art. 34 y art. 42; Decreto 399/019 art. 14 y art. 17, 2019-12-23 texto oficial · verificado 2026-10-27
Costo de hacerlo: Los plazos legales de revisión suman unos 30 días en la AIN más la inscripción y la publicación; a ello se agrega el impuesto de control de la S.A. (regla siguiente). Los honorarios de escribanía se fijan en forma privada y no se cotizan aquí.
Ejemplo: Capital de UYU 4.021.400: al menos UYU 1.005.350 (25%) integrados y UYU 2.010.700 (50%) suscritos a la firma. / Capital de US$100.000: al menos US$25.000 integrados y US$50.000 suscritos a la firma.Ley Nº 16.060, Art. 244, art. 246 a 248, art. 252, art. 253, art. 255, art. 279 a 281, art. 409 y art. 412, 1989-09-04 texto oficial · verificado 2026-10-27
Costo de hacerlo: Para una S.A. constituida en 2026: UI 578.428 x UYU 6,4234 = base de UYU 3.715.474; ICOSA de constitución UYU 55.732 (US$1.386); cada cierre de ejercicio de 2026 UYU 27.866 (US$693).
Ejemplo: Impuesto de constitución de UYU 55.732 más UYU 27.866 en el primer cierre de ejercicio, unos UYU 83.598 de ICOSA en el primer año. / Unos US$2.079 de ICOSA en el primer año, un costo que no soporta una SAS ni una SRL.Texto Ordenado 2023, Título 16 (fuente Ley Nº 17.502 art. 12 y Ley Nº 18.172 art. 317); Decreto Nº 256/025, T.O. 2023 Título 16 art. 1 a 5; Decreto 256/025 art. 1 a 7, 2025-11-18 texto oficial · verificado 2026-10-27
Costo de hacerlo: El texto vigente no establece capital mínimo; los requisitos de constitución indicados arriba son los que determinan el costo.
Ejemplo: Un socio que compromete UYU 402.140 en efectivo integra al menos UYU 201.070 a la firma. / US$10.000 comprometidos, al menos US$5.000 integrados a la firma.Ley Nº 16.060, Art. 223, art. 225 a 229, 1989-09-04 texto oficial · verificado 2026-10-27
Costo de hacerlo: El art. 193 no fija un mínimo de capital asignado; se aplican los costos de inscripción y publicación del tipo local equivalente.
Ejemplo: Una corporación extranjera que abre una sucursal en Montevideo presenta sus estatutos apostillados, la resolución del directorio y el representante designado, y luego publica como lo haría una S.A. / Regla de procedimiento; los montos dependen de los documentos presentados.Ley Nº 16.060, Art. 193 a 198, 1989-09-04 texto oficial · verificado 2026-10-27
Costo de hacerlo: La declaración no tiene costo. La multa máxima por contravención de 2026 es de UYU 13.220, por lo que el tope del art. 32 es de UYU 1.322.000 (US$32.874) y el del art. 35 de UYU 13.220.000 (US$328.741).
Ejemplo: Una SAS uruguaya cuyo capital pertenece en un 100% a un holding extranjero, del que su fundador posee el 60%, debe informar al fundador y toda la cadena de titularidad; una venta posterior de acciones a nivel del holding debe informarse dentro de 90 días porque los titulares son no residentes. / No presentar la declaración expone a una multa de hasta unos US$32.874 y bloquea los dividendos al titular no identificado.Ley Nº 19.484 (Ley de Transparencia Fiscal), art. 25, 30 y 31 en la redacción dada por la Ley Nº 19.924; multa máxima para 2026 fijada por el Decreto Nº 344/025, Ley 19.484 art. 22 a 25, art. 29 a 35 y art. 37; Decreto 344/025 art. 1, 2017-01-05 texto oficial · verificado 2026-10-27
| Característica | SAS | Sociedad anónima (S.A.) | SRL | Sucursal de sociedad extranjera |
|---|---|---|---|---|
| Ley | Ley 19.820 art. 8 a 44 | Ley 16.060 art. 244 a 418 | Ley 16.060 art. 223 a 243 | Ley 16.060 art. 193 a 198 |
| Mínimo de socios | 1 (persona física o persona jurídica distinta de una S.A.) | 2 fundadores | 2, máximo 50 | Matriz extranjera |
| Capital integrado en la constitución | 10% si es en efectivo, 100% si es en especie; el resto dentro de 24 meses | 25% integrado, 50% suscrito | 50% de los aportes en efectivo; el resto dentro de 2 años | Capital asignado solo cuando la ley lo exige |
| Control estatal previo de los estatutos | No (el registro verifica los mínimos) | Sí, AIN, plazo de 30 días | No | No; inscripción de los documentos extranjeros |
| Directorio obligatorio | No; basta con un representante legal | Administrador o directorio elegido por los accionistas | Según el contrato | Representante designado |
| Impuesto de control ICOSA | No | 1,5% en la constitución y 0,75% en cada cierre de ejercicio, sobre UI 578.428 | No | No |
| Fiscalización permanente de la AIN | Solo con ingresos anuales superiores a UI 37,5 millones; en caso contrario, informe anual de capital y de la Ley 19.484 | Control de reformas, cambios de capital y reorganizaciones; control total si es abierta | No | Controles administrativos aplicables |
| Declaración de beneficiarios finales y accionistas ante el BCU | Sí | Sí | Sí, salvo que pertenezca íntegramente a personas físicas que sean los beneficiarios finales | Sí, como no residente con establecimiento permanente |
Principales vehículos para un inversor extranjero, según los textos oficiales (Ley Nº 19.820, Ley Nº 16.060, T.O. 2023 Título 16, Ley Nº 19.484)
Ejemplo práctico
- Costo de constitución para un único fundador: una SAS constituida en línea por una persona física paga UYU 2.530 (US$63) en el registro y no paga impuesto de control. Una S.A. constituida en 2026 paga UYU 55.732 (US$1.386) de ICOSA en la constitución y UYU 27.866 (US$693) en cada cierre de ejercicio, sin contar los costos de escribanía y publicación, y requiere un segundo fundador.
- Capital a la firma sobre un capital de UYU 4.021.400 (US$100.000): SAS, al menos UYU 402.140 (US$10.000) en efectivo; S.A., al menos UYU 1.005.350 (US$25.000) integrados y UYU 2.010.700 (US$50.000) suscritos; SRL, al menos UYU 2.010.700 (US$50.000) de los aportes en efectivo.
- Umbral de crecimiento: una SAS que cierra un ejercicio con ingresos superiores a UI 37,5 millones (unos UYU 250,5 millones o US$6,23 millones) queda sujeta a la fiscalización de la AIN, como una S.A. cerrada, 180 días después.
Paso a paso
- 1. Elija el vehículo: SAS para un único fundador o para una matriz extranjera que no sea una S.A. y desee estatutos flexibles; S.A. cuando se necesite una matriz societaria, oferta pública o una forma societaria conocida; SRL para hasta 50 socios con cuotas sencillas; sucursal para operar a través de la propia sociedad extranjera.
- 2. Verifique y reserve la denominación en la Dirección General de Registros (la denominación de la SAS debe terminar en sociedad por acciones simplificada o S.A.S.).
- 3. Firme los estatutos o el contrato: la SAS, por documento privado con firma electrónica avanzada en línea, o ante escribano; la S.A. y la SRL, por escritura pública o documento privado; la sucursal, mediante la inscripción de los documentos extranjeros apostillados.
- 4. Solo S.A.: presente el contrato ante la AIN dentro de los 30 días de la firma; la AIN dispone de 30 días para pronunciarse (más 10 y 15 días si formula observaciones), y deposite el capital en efectivo en una cuenta bancaria de la sociedad en formación.
- 5. Inscriba en el registro de comercio dentro de 30 días (SAS y sociedades en general) o dentro de los 30 días de la aprobación de la AIN (S.A.); publique el extracto dentro de 60 días en el caso de la S.A. y la SRL.
- 6. Obtenga el RUT en la DGI y el número de empresa en el BPS (la vía en línea para SAS emite ambos al final del trámite) y luego registre los libros sociales.
- 7. Dentro de los 45 días de obtenido el RUT, presente ante el BCU la declaración jurada de beneficiarios finales y accionistas, y actualícela dentro de 45 días (90 días para no residentes) después de cualquier cambio.
Errores comunes
- La ley de SAS permite que una persona jurídica constituya una SAS solo si no es una sociedad anónima; una matriz extranjera organizada como corporación debería confirmar con el registro cómo se trata su tipo social antes de elegir una SAS.
- La vía en línea para SAS por UYU 2.530 es solo para sociedades cuyos accionistas, administradores y representantes sean todos personas físicas (hasta 6 accionistas y 3 administradores) y excluye las actividades agropecuarias; un accionista societario extranjero debe usar la vía notarial.
- Una S.A. o SRL que queda con un solo socio dispone de un año para incorporar un socio o disolverse, y entretanto el socio restante responde personalmente por las nuevas obligaciones; la transformación en SAS es la salida prevista por la ley.
- El capital de la S.A. debe expresarse en pesos uruguayos, y todo cambio de capital, fusión o reforma estatutaria de una S.A. vuelve a pasar por la AIN.
- No pueden pagarse dividendos a titulares cuyos beneficiarios finales no hayan sido identificados, y la falta de la declaración ante el BCU suspende el certificado de situación tributaria y bloquea las inscripciones registrales.
- Una SAS tributa como una sociedad personal, incluso sobre las distribuciones de utilidades, por lo que no debe suponerse el tratamiento fiscal de los dividendos de la S.A.; la venta de acciones, en cambio, sigue la regla de la S.A.
Fuentes
- Ley Nº 16.060, Ley de Sociedades Comerciales (IMPO, texto actualizado)
- Ley Nº 19.820, Ley de Emprendimientos, Título II SAS (IMPO)
- Decreto Nº 399/019, reglamentación de la SAS (IMPO)
- Ley Nº 19.484, Ley de Transparencia Fiscal, beneficiario final (IMPO)
- Texto Ordenado 2023, Título 16, alícuotas del ICOSA (IMPO)
- Decreto Nº 256/025, reglamentación del ICOSA (IMPO)
- Decreto Nº 344/025, multas por contravención de 2026 (IMPO)
- Registro de una SAS, persona física, ficha de trámite de la Dirección General de Registros (gub.uy)
- Tipo de cambio y cotizaciones de la UI del BCU
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